El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska se encuentra acorralado por distintos frentes.
Según revela el digital Voz Populi “el Ministerio del Interior tiene una copia del polémico informe remitido por la Comandancia de la Guardia Civil a la juez de Instrucción número 51″ Carmen Rodríguez Medel.
Si esto se confirmara implicaría un flagrante incumplimiento de las órdenas dadas por esta magistrada a los agentes de la Guardia Civil que realizaron las pesquisas en calidad de policía judicial.
En una providencia emitida por la juez anterior a que se hiciera público el cese del coronel Pérez de los Cobos esta magistrada advertía a los agentes que “Deberán guardar rigurosa reserva sobre las concretas investigaciones que les hubieren sido encomendadas, así como de todas las informaciones que obtengan, de modo que sólo se informará a esta Magistrada-Juez”
De confirmarse que ha llegado a manos de Fernando Lobito Grande-Marlaska el informe de la Guardia Civil al ministro le pueden llover palos judiciales como panes.
Carmen Rodríguez Medel también ha remitido un escrito al Ministerio del Interior que tiene que tener a lobito Marlaska bastante inquito ya que reza así:
“Si me constara de manera oficial y fehaciente que la causa del cese (del coronel Pérez de los Cobos) tiene relación con no ceder a contravenir mis órdenes expresas, tomaría decisiones en el ejercicio de mi competencia”
De confirmarse que ha llegado a manos de Fernando Lobito Grande-Marlaska el informe de la Guardia Civil al ministro le pueden llover palos judiciales como panes.
En caso de confirmarse que Grande-Marlaska dispone de los informes a los que la juez expresamente prohibió dar acceso a nadie excepto a ella el ministro tiene un problema muy grave y por elevación su jefe el mentiroso Sánchez.
Al ministro le pueden atizar por tres lados:
1.- Si se demuestra que cesó a un funcionario por negarse este a incumplir las órdenes de una magistrada.
2.- Si la juez encuentra evidencias de que los informes han llegado al ministro
3.-Y por último que según el artículo 550.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial no podía en ningún caso (ni siquiera por la absurda “falta de confianza repentina”) cesar al coronel Pérez de los Cobos hasta que se finalizaran las actuaciones encomendadas por la magistrada.
El mendionado artículo establece que “los funcionarios de Policía Judicial a quienes se hubiera encomendado una actuación o investigación concreta dentro de las competencias a que se refiere el artículo 547 de esta ley, no podrán ser removidos o apartados hasta que finalice la misma o, en todo caso, la fase del procedimiento judicial que la originó, si no es por decisión o con la autorización del juez o fiscal competente“
Vamos, que venga Rafael Simancas, el cerrajero, a defender al ministro que entonces ya se le cae todo el tinglado.